Las personas morales tienen una ventana crítica: hasta el 31 de marzo de 2026 para cancelar CFDI del ejercicio 2025 que tengan errores o inconsistencias. Este plazo es fundamental antes de presentar la declaración anual. Muchos contribuyentes creen que al terminar el año no hay solución. Pero esta facilidad aún está vigente. Para personas físicas el plazo es más generoso: hasta el 30 de abril de 2026. La oportunidad existe. Es cuestión de actuar antes de que venza.
EL CONTRIBUYENTE