Los días de descanso obligatorio en México están reconocidos en la Ley Federal del Trabajo (LFT). La legislación contempla al menos nueve fechas en las que no existe responsabilidad de prestar servicios, salvo de común acuerdo y con una compensación adicional. Si bien la Semana Santa, que este año comprende del domingo 29 de marzo al domingo 5 de abril, está considerada en el calendario escolar como días de vacaciones, la Ley Federal del Trabajo no la contempla.
EL ECONOMISTA
