El sistema jurídico mexicano prevé la posibilidad de que los gobernados puedan impugnar aquellos actos o leyes que sean consideradas inconstitucionales o que consideren vulneran sus derechos. El artículo 107 de la Ley de Amparo, reglamentaria de los artículos 103 y 107 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (LA), concibe que, el amparo indirecto procede contra normas generales que por su sola entrada en vigor o con motivo del primer acto de su aplicación causen perjuicio a la persona quejosa.
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