El Servicio de Administración Tributaria (SAT) amplió hasta el 31 de diciembre de 2026 el periodo para que los contribuyentes habiliten su Buzón Tributario y mantengan actualizados sus medios de contacto sin que les sean aplicadas las sanciones correspondientes. Aunque esta obligación se encuentra vigente desde 2020, la prórroga indica que, a partir del 1 de enero de 2027, no habilitar el Buzón Tributario y omitir el registro de los medios de contacto o mantenerlos desactualizados podrá ser motivo de infracción y multa.
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