La pérdida del Régimen Simplificado de Confianza (RESICO) no depende de una notificación del Servicio de Administración Tributaria (SAT), sino de que se actualice alguno de los incumplimientos previstos en la ley. Así lo precisó el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) al resolver una contradicción de criterios sobre el momento en que se produce el cambio de régimen.
IDCONLINE
