Una obligación que puede pasar desapercibida para los contribuyentes tiene una sanción económica establecida en el Código Fiscal de la Federación (CFF): no habilitar el Buzón Tributario, o no registrar los medios de contacto o no mantenerlos actualizados puede generar una multa de hasta 11 mil 540 pesos. El artículo 17-K, del CFF, establece que las personas físicas y morales inscritas en el Registro Federal de Contribuyentes (RFC) tienen asignado un Buzón Tributario.
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