Con la reducción gradual de la jornada laboral, la Ley Federal del Trabajo (LFT) establece la obligación patronal de llevar un registro electrónico del tiempo laborado, una responsabilidad que también aplica a las empresas de servicios especializados y a sus clientes, pero es en ese escenario donde surge la duda, ¿quién debe medir el tiempo?
EL ECONOMISTA
